pago de impuesto de circulación
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Aún está a tiempo de realizar el pago del impuesto de circulación

A una semana que venza el plazo para el pago sin multa, del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV) la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informó que el último día de pago del mismo será el 2 de agosto de 2021 (multa e intereses aplican después de esa fecha).

El Decreto 70-94 artículo 29, establece la fecha máxima de pago el 31 de julio, pero este año (2021) es día inhábil (sábado), por lo que se traslada al siguiente día hábil inmediato (2 de agosto).

Datos de la SAT, detallan que el país cuenta con un parque vehicular activo de 4 millones 357 mil 247 de los cuales, a la fecha son 2 millones 585 mil 581 vehículos activos que ya realizaron el pago de este impuesto.

Sin embargo, aún están pendientes de realizar el pago 1 millón 771 mil 666 vehículos particulares / comerciales y motos.

Al 25 de julio, la Superintendencia registró en recaudación de este impuesto Q 668.26 millones (73.1%) y la meta del 2021 son Q 914.8 millones.

De no pagar el Impuesto de Circulación, a partir del 03 de agoto de 2021 se aplicará una pagar una multa del 100% sobre el valor del impuesto y con intereses de una tasa del 12.65% anual calculado diario.

Nota: la multa e intereses son calculados automáticamente por el sistema Declaraguate al momento de llenar el formulario.

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Puedo hacer mi pago del Impuesto de circulación en 4 pasos

1. Para pagar el impuesto debe llenar el formulario Declaraguate SAT-4091 Vehículos Circulación, generar la Boleta SAT-2000.

2. Al ingresar al sitio podrá realizar el pago por medio de banca en línea o en un banco.
Luego podrá imprimir el documento (calcomanía electrónica) en el sitio electrónico de la SAT debe seleccionar el enlace imprimir calcomanía el cual abrirá un archivo PDF.

3. Para imprimir su calcomanía debe estar solvente de las infracciones de tránsito, para verificar solvencia de multas de tránsito puede ingresar al siguiente enlace:

4. Guarde el documento en el interior del vehículo o pórtela al conducir. Las autoridades competentes podrán solicitarla. No es necesario que la pegue en el parabrisas ni en la placa.

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