La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) desactivará a contribuyentes que llevan más de cuatro años sin realizar sus contribuciones.
El 120 del Código Tributario detalla “para aquellos contribuyentes que estén omisos en el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o que no sean ubicados en su domicilio fiscal, la Administración Tributaria podrá suspender su afiliación al régimen de dicho impuestos y realizará la anotación especial en los registros tributarios del contribuyente o responsable…”
En este sentido, a octubre de 2023, la SAT ha notificado a más de 276 mil 712 contribuyentes para que pongan en orden su situación tributaria presentando las declaraciones respectivas, para evitar la suspensión de la afiliación del IVA.
De no poner en orden sus declaraciones, estos contribuyentes sin régimen al valor agregado, serán desactivados a partir del 2 de noviembre del 2023.
“Sin embargo su NIT estará vigente, pero con algunas limitaciones”, informó Marco Livio Días Reyes, Superintendente de Administración Tributaria.
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La suspensión de la afiliación del IVA impacta en los contribuyentes para:
? La emisión de Documentos Tributarios Electrónicos
?Gestión de solvencia fiscal
?Actualización de datos de establecimientos
?Ratificación de datos en RTU digital
¿Cómo activar su afiliación al IVA?
La Agencia Virtual tienen diferentes opciones de facilitación para que puedan regularizar su situación tributaria, tales como: pago de omisos, cancelación de establecimientos sin movimiento y convenios de pago.
➡️Identifique los incumplimientos en el Verificador Integrado disponible en Portal SAT
➡️Ingrese a DeclaraGuate y genere los formularios de las declaraciones pendientes
➡️Presente y pague los formularios en los bancos del sistema
➡️La afiliación al IVA se activará automáticamente
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Si tiene alguna duda puede comunicarse al número de teléfono: 1550 o al correo electrónico: ayuda@sat.gob.gt y la asistente virtual RITA a través del portal www.sat.gob.gt
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