Con cierta frecuencia se lee en noticias o se escucha en pasillos de oficinas sobre la devolución del crédito fiscal. En esta nota, Dataexport le presenta un resumen sobre todo lo que debe saber sobre esta medida que constituye un importante capital de trabajo para los exportadores.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución del crédito fiscal?
La devolución del crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un derecho que tienen los exportadores y los contribuyentes que prestan servicios o venden bienes a personas por ley exentas de impuestos – por ejemplo, proveedores de centros educativos –.
El exportador adquiere materia prima y / o insumos, usualmente, a proveedores locales. Allí paga el IVA. Pero dado que las exportaciones están exentas del IVA – porque el comprador está fuera del país y existe un principio internacional de “no exportar impuestos” – no se puede descontar el crédito fiscal que paga, por lo que se permite solicitar la devolución de ese crédito fiscal (según la Ley del IVA).
¿Cómo solicitar la devolución del crédito fiscal?
Se hace ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), mediante un formulario, adjuntando entre otros documentos:
– Original y copias de las facturas emitidas por los proveedores;
– Libro de compras y ventas del contribuyente;
– Copia de declaraciones aduaneras de exportación de las mercancías;
– Copia del cheque o estado de cuenta en el que conste el pago de las facturas de sus proveedores;
– Soporte de ingresos de divisas recibidas;
– Entre otros documentos.
Gracias a la tecnología, ahora los exportadores pueden registrarse ante la entidad tributaria por medio de su agencia virtual.
El Banco de Guatemala es quien, previa verificación y autorización de la SAT, hace efectiva la devolución.
Enlaces importantes
Información sobre la inscripción al régimen habitual de exportaciones.
Pingback: SAT implementará plan agilizar solicitudes de devolución del crédito fiscal
Pingback: ¿Cuál Es La Proyección Para La Devolución Del Crédito Fiscal En 2022?