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Cuba ampliará facilidades para comercio exterior

Cuba pondrá a punto este año una plataforma digital integrada con vistas a facilitar las operaciones de comercio exterior, lo que estará unido a la simplificación de los trámites para la exportación e importación de mercancías.

La Ventanilla Única del Comercio Exterior (VUCE) proporcionará información y permitirá gestionar, a través de medios electrónicos, las aprobaciones requeridas para el ingreso y la salida de los productos.

Según dijo a Negocios en Cuba la funcionaria Vivian Herrera, del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex), la implementación de la VUCE transitará por varias fases debido a su complejidad y deberá estar en pleno funcionamiento a fines de 2019, para lo cual se gestionan financiamientos externos.

El establecimiento de la ventanilla, abundó, responde al compromiso de facilitación del comercio contraído por el gobierno cubano ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y cuenta con la asistencia técnica de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.

Más de 30 autoridades de gobierno vinculadas al proceso de comercialización internacional y otras seis que exigen trámites trabajan de conjunto con el Mincex a fin de unificar y racionalizar la documentación, mientras la Empresa Nacional de Software asumió el contrato del proyecto online.

Ello significará un importante paso de avance, pues hasta ahora solo funcionan los sistemas de ventanilla única electrónica en el servicio de la Aduana General de la República y la Zona Especial de Desarrollo Mariel, comentó.

Agilizar las operaciones de comercio exterior resulta esencial para Cuba dadas las características de su economía abierta, con una alta dependencia de los nexos externos, lo que incluye la adquisición de renglones esenciales como el combustible y los alimentos.

De acuerdo con la Cámara de Comercio, más de tres mil compañías extranjeras participan en esas transacciones, y el propósito es continuar diversificando los mercados para las exportaciones e importaciones.

Las empresas foráneas no requieren oficina ni registro previo en Cuba para realizar actividades comerciales aquí. Tampoco existen cuotas de importación; las prohibiciones en ese sentido y para las exportaciones se ajustan al Artículo XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT por sus siglas en inglés), referido a las sustancias psicotrópicas, drogas y armas.

A juicio de los expertos, las reglas sanitarias y fitosanitarias están en correspondencia con los convenios internacionales y las exigencias de organismos multilaterales como la OMC y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

Por causa del bloqueo económico, financiero y comercial de Estados Unidos, los cobros y pagos a empresas cubanas deben realizarse en las principales monedas fuertes, con excepción del dólar estadounidense, recuerda la Cámara de Comercio.

La institución también advierte que ningún cobro o pago, independientemente de la moneda en que se fije, puede transitar por bancos norteamericanos dentro o fuera de Estados Unidos o por bancos de otros países en esa potencia norteña.

Recomendaciones iniciales

Para comerciar con la mayor de las Antillas, los interesados pueden solicitar en el consulado cubano (embajada) en su país de origen dos tipos de visas: la A-7 de cara a la exploración de negocios o la D-7 de comerciante.

Las visas de entrada como turistas no autorizan a nadie a realizar gestiones comerciales y no pueden ser modificadas ni cambiadas en el territorio cubano por ninguna otra categoría, esclarece la Cámara mediante su página web.

Quienes exploran potenciales clientes pueden contactar directamente y sin mediación alguna con las empresas facultadas para el comercio exterior a fin de presentar su oferta, acompañada de catálogos u otras fórmulas de muestra, o acudir a los servicios de alguna de las consultorías autorizadas para tales fines.

El empresario extranjero, precisa la fuente, no necesita de ninguna autorización de gobierno para comercializar directamente con estas empresas, ya que las mismas poseen acreditación para dicha actividad.

Como es práctica internacional, la firma de contratos estará antecedida por la presentación e intercambio de documentos, sujetos a un proceso de protocolo y legación bilateral.

Si la empresa extranjera lo requiere, puede asegurar su presencia física en el territorio de la Isla mediante el establecimiento de una sucursal o la suscripción de un contrato de agente de sociedades mercantiles.

Para abrir una sucursal, deberá contar como mínimo con tres años de operaciones en el país y acumular negocios anuales con entidades cubanas por un monto no inferior a los 500 mil dólares.

Cuando hay discrepancia en los negocios, las compañías pueden solicitar la intervención de la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional. Los laudos dictados por ese tribunal son “firmes, definitivos y de obligatorio cumplimiento por las partes” a los 10 días contados a partir del siguiente a su notificación.

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