Opinión

Marchamos electrónicos: medidas de control y seguridad en la cadena de suministro en Guatemala

Marchamos electrónicos: medidas de control y seguridad en la cadena de suministro en Guatemala

A partir del marco de las normas SAFE* establecidas originalmente en Bruselas en 2005, y revisadas en 2018, los países miembros de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) han implementado proyectos que les permitan tener mayor control sobre el movimiento de las mercancías que ingresan en forma definitiva a sus territorios y/o transitan a través de estos a otros destinos finales.

Desde el punto de vista de aduanas, el objetivo principal es controlar el contrabando incrementando el control del movimiento de mercancías en sus territorios. Sin embargo, dicha solución tiene también importantes beneficios para las empresas privadas involucradas en operaciones de logística y comercio exterior; algunos de estos beneficios son el monitoreo proactivo para la seguridad de la carga mediante el control de las puertas de la unidad de transporte, la trazabilidad de la carga en tiempo real a través de rutas predeterminadas, el control de tiempos y movimientos de sus proveedores de transporte, la mitigación del efecto de contaminación de carga con sustancias ilícitas, entre otros.

En Guatemala, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) tuvo la iniciativa de activar el proyecto del uso obligatorio del marchamo electrónico a finales del año 2018 y recientemente se oficializó su uso para todos los tránsitos aduaneros en nuestro país.

Los marchamos electrónicos son dispositivos tecnológicos que permiten el control y manejo de unidades de carga durante el proceso de transporte y son el método principal que se ha establecido por las aduanas para lograr el control de las operaciones.

El componente de seguridad que presentan los marchamos electrónicos es que su apertura se controla exclusivamente desde una central de monitoreo, la cual envía un comando de apertura al dispositivo únicamente cuando este se encuentra en lugares previamente autorizados para realizar dichas aperturas. En caso de una violación al dispositivo, lo cual resultaría en una apertura no autorizada ya sea en ruta o en un área no idónea, la central de monitoreo activa una serie de protocolos de seguridad previamente acordados y autorizados por las autoridades aduaneras de SAT, velando siempre por el resguardo e integridad de la carga.

Operativamente, la instalación y desinstalación de los marchamos electrónicos los debe de realizar únicamente el personal de Disatel (**EPSME autorizado), siempre en presencia de un auxiliar de SAT. La instalación o desinstalación es un proceso muy rápido que se realiza en las áreas designadas exclusivamente para dicha función dentro de cada una de las aduanas las cuales están también debidamente resguardadas con un sistema de circuito cerrado de televisión para la seguridad y control de todas las partes involucradas.

Los usuarios del sistema de marchamo electrónico, según los regímenes obligados a su contratación, deberán ingresar al portal para realizar la adquisición del servicio, www.marchamoelectronicogt.com, y posteriormente tendrán acceso a la plataforma de monitoreo de Disatel, donde podrán ubicar sus mercancías en todo momento, en tiempo real, durante todo el proceso de tránsito. Adicionalmente, se les estará brindando por parte de la central de monitoreo un servicio de trazabilidad del cual recibirán notificaciones por varias vías. Esto permitirá (simultáneamente a las autoridades de la SAT y a los clientes finales) tener un mayor control sobre el proceso de transito de sus mercancías, y además será una manera de auditar el servicio de sus proveedores de transporte. Para quienes lo deseen, Disatel ofrece también una póliza de seguro (para cobertura del 100 por ciento del valor del deducible de su póliza maestra de transporte de mercancías) con el respaldo de Seguros G&T, independientemente de quien sea su corredor de seguros y/o la aseguradora principal con la que el usuario posea una póliza de seguro activa.

En Guatemala, la SAT implementó en junio 2020 el uso del marchamo electrónico como un requerimiento obligatorio para toda la carga afianzada que se transporta entre aduanas en el país sin haber pagado los impuestos correspondientes.

La implementación del sistema se está llevando a cabo en varias fases, las cuales irán incorporando las distintas aduanas del territorio de manera programada. Inicialmente el marchamo será requerido únicamente para carga contenerizada, pero más adelante también se requerirá de su uso para movimientos de carga suelta. El calendario de implementación del uso de marchamos electrónico en las distintas aduanas puede ser consultado en el portal de Aduana Moderna de la SAT.

*Normas para asegurar y facilitar el comercio mundial mediante la seguridad de la cadena logística y el fortalecimiento de la cooperación entre las administraciones aduaneras y las empresas privadas.

**EPSME – Empresa Prestadora del Servicio de Marchamo Electrónico.

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