Costa Rica está a las puertas de entrar a una industria multimillonaria que proyecta un crecimiento sostenido para los próximos años.
Se trata del mercado del cannabis, específicamente en el sector del cannabis para uso medicinal y del cáñamo para uso industrial, impulsados en el proyecto de ley 21.388 que recibió el primer debate afirmativo el 19 de octubre del 2021.
El texto recibió un espaldarazo el 30 de noviembre cuando la Sala Constitucional informó que no encontró vicios de inconstitucionalidad, por lo que la iniciativa está ahora a la espera del segundo y definitivo debate en la Asamblea Legislativa.
Con la aprobación, se avalará el cultivo, producción, industrialización y comercialización de cáñamo y sus productos o subproductos, así como del cannabis psicoactivo con fines médicos y terapéuticos.
Según las proyecciones de Euromonitor International, proveedor de investigación de mercado, los nichos del uso medicinal y del cannabidiol (CBD, el cual se extrae principalmente del cáñamo) tuvieron un valor por 14,427 millones de dólares a nivel mundial al cierre del 2020.
No obstante, esas cifras tendrán un crecimiento significativo para el 2025. En ese año, ambos rubros superarán los 35,000 millones, un crecimiento del 146 por ciento.
El impulso de esta industria viene, en parte, por el aumento de la demanda en Estados Unidos, Europa y China; también la paulatina legalización del cultivo de estas plantas en diferentes países ha contribuido a despertar este mercado.
En el mundo existen grandes productores de cáñamo, entre los que destacan China, Canadá y países de la Unión Europea como Francia, Holanda, Estonia, Alemania, Italia y Lituania.
En América Latina, por su parte, la producción de cáñamo industrial está avanzando en Colombia, Uruguay, Ecuador y Paraguay que ya establecieron un marco regulatorio para el cultivo.
Otros datos de un estudio de octubre del 2020 hecho por la Promotora del Comercio Exterior (Procomer) estiman las ventas de derivados del cáñamo industrial a nivel mundial en 5,733 millones para ese año.
En ese momento, Procomer estableció tres tipos de procesos o subproductos con potencial para Costa Rica:
* Extracto de CBD: la opción más rentable, pero con una inversión más alta y precios y volatilidad mayor.
* En grano: con utilidad y extensiones moderadas, con inversión inicial media o baja respecto al CBD y mayor estabilidad de precios.
* En fibra: con una inversión inicial menor que la producción para CBD, pero requiere amplias extensiones de terreno. Baja intensidad en uso de mano de obra.
El CBD es, junto con el tetrahidrocannabinol (THC), uno de los principales compuestos de las plantas cannabis. Este último tiene efecto psicoactivo y está presente en mayor medida en la marihuana, mientras que el CBD se encuentra en más cantidad en el cáñamo y se le atribuyen fines medicinales y terapéuticos.
De este compuesto se están comercializando en el país una variedad de productos que van desde alimentos, como bebidas o cápsulas, a cosméticos, materias primas y químicos.
El Ministerio de Salud, contabiliza actualmente en su sitio de consulta 73 artículos con CBD en venta en el país. Esa cifra era de 49 para inicios de octubre, lo cual refleja la popularización de estos artículos en Costa Rica.
Este nicho es justamente el que se perfila con el mayor crecimiento para el 2025, alcanzando los 26,000 millones de dólares en todo el mundo.
Regulación en Costa Rica
El proyecto de ley que está cercano a aprobarse de forma definitiva exime al cáñamo de autorización previa especial o adicional para poder cultivarse, producirse, industrializarse o comercializarse.
No obstante, en el artículo 6 se establece que las personas físicas y jurídicas que se dediquen a dichas actividades indicadas deberán inscribirse en un registro.
Además, las fincas de cultivo de cáñamo y los establecimientos que almacenen, procesen o comercialicen este producto estarán sujetos a la inspección y fiscalización por parte del Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Ministerio de Seguridad y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).
En el caso del cannabis medicinal, las posibilidades se restringen a las siguientes actividades: desde la siembra hasta la producción de la semilla; la elaboración o industrialización de medicamentos, cosméticos, aceites esenciales y otros productos de uso médico o de uso terapéutico.
Además, se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social a otorgar contratos de compra de productos a organizaciones.
Para estas actividades relacionadas al cannabis medicinal se requerirá una autorización previa a través de un título habilitante otorgado por los ministerios de Salud o Agricultura, según sea el caso.
Puede interesarle: Costo del transporte marítimo será un factor inflacionario en la economía mundial
*Con información de El Economista