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Tribunal de Comercio de Estados Unidos anula los aranceles impuestos por Donald Trump

Aranceles a Guatemala

Aranceles | El 28 de mayo de 2025, el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos, el órgano jurisdiccional especializado con competencias en la materia, declaró de ilegales los aranceles generalizados a las importaciones impuestos por el presidente de EE.UU. Donald Trump en virtud de una ley de poderes de emergencia.

*Con información de El País

El Gobierno de Trump ha notificado que recurrirá la sentencia, dictada por un tribunal de tres jueces. En principio, el recurso debería presentarse ante un Tribunal federal de apelaciones, pero el caso puede llegar al Tribunal Supremo, que tiene una mayoría de seis jueces conservadores frente a tres juezas progresistas.

El fallo se produjo al resolver dos demandas en las que se argumentaba que Trump había invadido las competencias del Congreso, se había excedido en su autoridad, había dejado la política comercial a merced de sus caprichos y había desatado un caos económico.

La decisión del tribunal con sede en Nueva York declara ilegales y anula la gran mayoría de los aranceles decretados por Trump, incluidos los impuestos del 25 por ciento a las importaciones de Canadá y México y del 20 por ciento a las de China indicando que era por el tráfico de fentanilo y la inmigración, y los falsos aranceles recíprocos” a todo el mundo, anunciados el mal llamado Día de la Liberación, que se redujeron de forma generalizada en el 10 por ciento después de que el presidente rectificase y concediese una tregua parcial de 90 días ante la presión de los mercados.

«Las órdenes arancelarias impugnadas serán anuladas y se prohibirá permanentemente su aplicación. No se trata aquí de una medida cautelar estrictamente adaptada a las circunstancias; si las órdenes arancelarias impugnadas son ilegales para los demandantes, lo son para todos”, indicaron los tres jueces por unanimidad. Uno de ellos, Timothy Reif, fue nombrado por el propio Trump; otra, Jane Restani, por Ronald Reagan, y el tercero, Gary Kazman, por el demócrata Barack Obama.

“La cuestión que se plantea en los dos casos ante el tribunal es si la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA) delega estos poderes al presidente en forma de autoridad para imponer aranceles ilimitados a los productos de casi todos los países del mundo”, dice la sentencia de 49 páginas. “El tribunal no interpreta que la IEEPA confiera tal autoridad ilimitada y anula los aranceles impugnados impuestos en virtud de la misma”, añade.

¿Un plazo de 10 días para los aranceles?

La declaración de nulidad de los decretos arancelarios impugnados tiene eficacia inmediata, pero el tribunal, en otra resolución de tres páginas, da un plazo de 10 días para que se dicten las órdenes administrativas necesarias para hacer efectiva su decisión. No queda claro con ello si el Gobierno seguirá intentando aplicar las tasas ilegales durante ese plazo. Las negociaciones comerciales con otros países que están en marcha también quedan en el alero, al menos provisionalmente. Trump usaba los aranceles como herramienta de presión.

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La sentencia no entra a analizar los aranceles del 25 por ciento a la importación de acero, aluminio, vehículos y componentes, dictadas en virtud de otras disposiciones. Hipotéticamente, Trump podría tratar de imponer nuevos aranceles a otros productos o utilizando otras delegaciones de poderes. La sentencia reconoce al presidente la posibilidad de aprobar aranceles por un periodo limitado de 150 días y con un techo del 15 por ciento en respuesta al déficit comercial, amparándose en otra disposición legal. La confusión parece asegurada.

Los jueces recuerdan que, con carácter general, la competencia para imponer aranceles corresponde al Congreso, no al presidente. La IEEPA permite al presidente regular las importaciones y exportaciones en respuesta a determinadas emergencias no bélicas, al tiempo que subraya que el hecho desencadenante debe ser una “amenaza inusual y extraordinaria”.

Trump aprobó diversas declaraciones de emergencia nacional y luego las usó para atribuirse el poder de gravar las importaciones en una interpretación muy discutible de la ley que el Tribunal de Comercio Internacional no considera admisible. Ningún otro presidente ha utilizado la IEEPA para imponer aranceles como los de Trump en las cinco décadas transcurridas desde la promulgación de dicha ley.

Las tasas a las importaciones fueron recurridas ante el Tribunal de Comercio Internacional tanto por una docena de Estados demócratas como por The Liberty Justice Center en representación de un grupo de empresas (V.O.S. Selections, Genova Pipe, MicroKits, FishUSA y Terra Cycling) que alegaban haber sufrido perjuicios económicos por los aranceles. La sentencia es común para ambos casos.

Los jueces dicen que imponer impuestos a mercancías legalmente importadas no sirve para “hacer frente” a los problemas de inmigración o narcotráfico. No consideran válido el argumento del Gobierno de Trump de que los aranceles hacen frente a esos problemas al suponer una medida de presión para los gobiernos de México, Canadá y China.

“Las órdenes tendrían que ‘hacer frente’ a ese problema específico, no crear una ‘palanca’ aparentemente para hacerlo”, razonan. Si se admite el argumento de la presión indirecta de Trump, “entonces todo está permitido”. Los jueces no discuten que esa estrategia pueda ser efectiva y funcionar, pero sentencian que simplemente no está permitida por la ley.

*Foto de Alerta Noticias

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